ENDOSO
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El endoso se define como la “transmisión de la propiedad de un documento de crédito extendido a la orden a una tercera persona, mediante una declaración escrita”. Para este documento existen dos figuras: un endosante, quien entrega, y un endosatario, quien recibe.
Existen diversos tipos de endosos, pero los principales son los siguientes:
En propiedad: sirve para transmitir la propiedad del título y todo aquello que se refiere a él; se basa en el artículo 34 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
En procuración o al cobro: sirve para ceder los derechos y obligaciones; en caso de querer revocarlo es suficiente una simple cancelación.
En garantía: este documento funciona cuando se entregan títulos de crédito para respaldar un adeudo.
Endoso en blanco: se entrega sin el nombre del endosatario y con la firma del endosante.
Endoso al portador: simplemente incluye la frase “al portador”.
Su utilidad es modificar, una vez que se cuenta con el acuerdo entre las partes, los términos del contrato y sus elementos.
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16/09/2019
06/07/2019